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Subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Se ha publicado en el día 24.5.23 las siguientes lines:

– Línea 1. Subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

Las ayudas de esta línea, de entre 1.500 y hasta 15.000 euros, estarán destinadas a financiar actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación en las empresas de medidas de mejora preventiva, como la sustitución de maquinaria antigua existente en los centros de trabajo, la incorporación de instalaciones específicas para el control de contaminantes de naturaleza química, física o biológica, las adaptaciones de seguridad de equipos de trabajo y maquinaria, o la adquisición de sistemas inteligentes para el control activo de la protección de las personas trabajadoras, entre otras.

* En esta Línea, tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que según su naturaleza tengan la consideración de «operaciones de capital», tales como: los gastos de adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de la maquinaria y/o equipos necesarios para la realización del proyecto o actividad preventiva subvencionada.

– Línea 2. Subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.

Prevé ayudas de entre 1.200 y hasta 12.000 euros para las iniciativas y proyectos de mejora de la integración de la prevención en las empresas, que faciliten el cumplimiento de la normativa, así como la realización de proyectos innovadores y buenas prácticas preventivas. Se incluyen en este apartado planes de formación, estudios ergonómicos y psicosociales, proyectos de I+D+i dirigidos a la mejora de las condiciones de trabajo, diagnósticos preventivos sobre riesgos emergentes y primeras implantaciones de sistemas de gestión de seguridad y salud laboral. En esta Línea 2, tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que según su naturaleza tengan la consideración de «transferencias corrientes», tales como:
* Gastos de asistencia técnica prestada por Servicios de Prevención Ajenos u otras personas o entidades especializadas en las materias asociadas a la ejecución de las actividades preventivas subvencionadas.
* Gastos de nuevas contrataciones de personas trabajadoras con la titulación de Técnico Superior o Técnico Intermedio de prevención de riesgos laborales o de Técnico Superior de prevención de riesgos profesionales, durante el primer año.
* Gastos de organización de la prevención.
* Gastos de formación e información.

Plazo de solicitud

  • 25/05/2023 00:00 horas – 26/06/2023 23:59 horas (Plazo de presentación de solicitudes de subvención 2023)

Si está interesado en que le asesoremos en la presentación ejecución y justificación de estas subvenciones, póngase en  contacto con nosotros.